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NEGOCIACIÓN, CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN
Negociación
La negociación es el
proceso por el cual las partes interesadas resuelven conflictos, acuerdan
líneas de conducta, buscan ventajas individuales y/o colectivas, procuran
obtener resultados que sirvan a sus intereses mutuos. Se contempla generalmente
como una forma de resolución alternativa de conflictos o situaciones que
impliquen acción multilateral.
Dada esta definición, uno
puede ver que la negociación sucede en casi todas las áreas de la vida. En el
área de la abogacía, un negociador experto sirve como defensor de
una de las partes y procura generalmente obtener los resultados más favorables
posibles a la misma. En este proceso el negociador procura determinar el
resultado mínimo que la otra parte (o las partes) quiere aceptar, ajustando
entonces sus solicitudes consecuentemente. Una negociación "acertada"
en esta área se produce cuando el negociador puede obtener todos o la mayoría
de los resultados que su parte desea, pero sin conducir a la parte contraria a
interrumpir permanentemente las negociaciones.
La negociación tradicional se
denomina en ocasiones ganar-perder debido al estilo de dureza de los
negociadores que persiguen conseguir tanto como puedan para su parte. En los
años 70, los practicantes y los investigadores comenzaron a desarrollar el
enfoque de ganar-ganar en la negociación de forma que las dos partes
quedaran satisfechas al haber obtenido beneficios. Ello resulta positivo al
evitar posibles futuros conflictos. Definitivamente el prepararse bien antes de
una negociación es imprescindible, así como estar seguros de lo que se va a
negociar y nunca perder el enfoque.
La conciliación extrajudicial
La conciliación extrajudicial es un medio de
solución de conflictos, por el cual un tercero neutral e imparcial denominado
Conciliador Extrajudicial asiste a las partes a encontrar su propia solución
mutuamente satisfactoria y con el mismo valor de sentencia inapelable.
En El Perú desde hace algunos años es obligatorio
"Conciliar" para poder Demandar en el Poder Judicial. Ley 26872.Del
28/10/1997.
Eso significa que si Ud. desea hacer una demanda
civil, de divorcio, alimentos, desalojo, no podrá hacerla ante el Poder
Judicial de Perú, si primero Ud. no ha "conciliado" con la persona a
la que desea demandar.
Esto es un requisito obligatorio a nivel nacional.
¿QUE MATERIAS SON CONCILIABLES?
Son materia de
conciliación las pretensiones determinadas o determinables que versen sobre
derechos disponibles de las partes, como:
- Alimentos.
- Régimen de visitas.
- Tenencia.
- División y partición de bienes.
- Liquidación de la sociedad de
gananciales.
- Obligación de dar suma de dinero.
- Obligación de dar, de hacer y no hacer.
- Desalojos por incumplimiento de contrato.
- Desalojo por precario.
- Desalojo por vencimiento de contrato.
- Desalojo por falta de pago.
- Indemnizaciones.
- Incumplimiento de contratos.
- Pago de alquileres.
- Entre otros que sean de libre disposición
de las partes.
¿DÓNDE
Y CÓMO SE PUEDE CONCILIAR?
En un centro de conciliación o en un juzgado de paz.
Presentada la solicitud, el Centro designará a un conciliador, quien invitará a
las partes a concurrir a una reunión llamada “audiencia de conciliación”, en la
cual las partes y el conciliador participan activamente en la solución del problema.
Está permitida la presencia de asesores. De lograrse un acuerdo conciliatorio,
las partes firman un Acta de Conciliación, que es de obligatorio cumplimiento.
Ante un eventual incumplimiento del Acta, como ocurre con una sentencia
judicial, los afectados podrán acudir a un Juez para exigir su cumplimiento. Si
no se logra un acuerdo conciliatorio en la reunión, el usuario del Centro de
Conciliación, con el Acta respectiva, habrá cumplido con el requisito legal de
haber acudido a un Centro de Conciliación para interponer una demanda ante el
Poder Judicial.
¿PARA
QUÉ CONCILIAR?
La Ley 26872 ha institucionalizado la conciliación
como mecanismo alternativo de solución de conflictos que traslada la decisión
del Juez a las partes, quienes, de arribar a un acuerdo, se obligan a cumplir
lo pactado, ahorrando dinero, tiempo y energía.
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
La mediación
es una forma de resolver conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de
una tercera persona imparcial, el mediador. Los mediadores pueden
ser alumnos, profesores, padres. No son jueces ni árbitros, no imponen
soluciones ni opinan sobre quién tiene la verdad, lo que buscan es satisfacer
las necesidades de las partes en disputa, regulando el proceso de comunicación
y conduciéndolo por medio de unos sencillos pasos en los que, si las partes
colaboran, es posible llegar a una solución en la que todos ganen o, al menos,
queden satisfechos.
Experiencias
como éstas se están llevando a cabo actualmente en algunos centros educativos
y, más allá de la solución a los problemas interpersonales, lo que promueven es
un modelo de convivencia más pacífico.
La mediación
es VOLUNTARIA, es CONFIDENCIAL, y está basada en el DIÁLOGO.
La mediación
puede resolver conflictos relacionados con la transgresión de las normas de
convivencia, amistades que se han deteriorado, situaciones que desagraden o
parezcan injustas, malos tratos o cualquier tipo de problemas entre miembros de
la comunidad educativa.
La mediación
sigue una seria de fases en las que se promueve la comunicación y el
entendimiento entre las partes en conflicto. Enriquece la utilización del
reglamento disciplinario del centro, ofreciendo alternativas a través del diálogo,
y evitando la pérdida de relaciones interesantes y la vivencia de sentimientos
de desencuentro que influyan negativamente en el proceso educativo.
PREMEDIACIÓN:
Fase previa a la mediación propiamente dicha, en ella se crean las condiciones
que facilitan el acceso a la mediación. En ella se habla con las partes por
separado, se explica el proceso a seguir y se solicita su consentimiento para
acudir a la mediación.
MEDIACIÓN:
- Presentación y reglas del juego. Fase dedicada a crear confianza entre el equipo de
mediación y los mediados, también se presenta el proceso y las normas a
seguir en la mediación.
- Cuéntame. Fase en la que las personas que son mediadas exponen su versión del
conflicto con los sentimientos que le acompañan. Las partes han de ser
escuchadas.
- Aclarar el problema. Fase dedicada a identificar los nudos
conflictivos, los puntos de coincidencia y de divergencia del mismo. Se
trata de establecer una plataforma común sobre los temas más importantes
que han de ser solucionados.
- Proponer soluciones. Fase dedicada a la búsqueda creativa de soluciones
y a la evaluación de las mismas por las partes.
- Llegar a un acuerdo. Fase dedicada a definir con claridad los acuerdos.
Estos han de ser equilibrados, específicos, posibles. También se suele
dedicar un tiempo a consensuar algún procedimiento de revisión y
seguimiento de los mismos.
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